Se define como el conjunto de normas jurídicas aplicables a los comerciantes en el ejercicio de su actividad profesional, y que rigen también, aunque más excepcionalmente, la actividad comercial, es decir, los actos de comercio, realizados por cualquier persona. La realidad económica a la que se aplica el derecho comercial nos demuestra que su contenido se estructura conforme a tres elementos esenciales: el empresario, la empresa y la actividad externa y conjunta de ambos.
Se define como el conjunto de normas jurídicas aplicables a los comerciantes en el ejercicio de su actividad profesional, y que rigen también, aunque más excepcionalmente, la actividad comercial, es decir, los actos de comercio, realizados por cualquier persona. La realidad económica a la que se aplica el derecho comercial nos demuestra que su contenido se estructura conforme a tres elementos esenciales: el empresario, la empresa y la actividad externa y conjunta de ambos.
- Conflictos societarios
- Conflictos entre accionistas
- Ejecución de pactos sociales
- Acciones de responsabilidad contra administradores e impugnación de acuerdos sociales y decisiones de los Organos de Gobierno de empresas.
- Ejecuciones de títulos judiciales y extrajudiciales.
- Letras de cambio, cheques y pagaré
- Garantías personales y reales.
- Ejecuciones de resoluciones judiciales y arbitrales extranjeras.
- Procesos Contencioso-Administrativos
- Reclamaciones patrimoniales frente al Estado.
- Impugnación y Recurso Contencio-Administrativo frente a resoluciones de organismos públicos.
- Reclamación de daños.
- Derecho Bancario y Financiero
- Procedimientos civiles de reclamación de deuda y gestión de morosidad.
- Defensa de procedimientos civiles por cláusulas suelo, swaps, multidivisas y otros productos financieros.
- Derecho Fiscal
- Se refiere a la relación que tiene el derecho corporativo con la política fiscal vigente en la República Dominicana.
- Derecho Administrativo
- Administrativo en sede
- Procesos Contenciosos administrativos
- Procesos administrativos sancionadores
- Contrataciones públicas y Alianzas Público Privadas
- Derecho Tributario
- Derecho de los Mercados Regulados
- Derecho de los Mercados Financieros
- Banca y Mercado de crédito
- Mercado de Valores
- Mercado de Pensiones
- Derecho de los Servicios en Red
- Telecomunicaciones
- Energía
- Derecho de los Mercados Financieros
- Litigación y arbitraje
Nuestra práctica en estos dos modos de resolución de conflictos la desarrollamos en Derecho Constitucional, Derecho Civil, Comercial y Corporativo; Derecho Laboral, Derecho Fiscal. En cualquier caso, creemos firmemente en la Mediación como herramienta para la resolución de conflictos.
- Derecho Laboral
- Asesoría pre y post contractual.
- Litigios de Naturaleza laboral
- Asesoría en Seguridad Social
- Derecho Ambiental
- Derecho Aeronáutico
- Inversión extranjera y Zonas Francas
- Cumplimiento
- Gobierno Corporativo
Conceptualmente esta área se define como aquella rama del Derecho que se encarga del estudio y análisis de la Ley Fundamental de un Estado, mejor conocida como Constitución o Carta Magna. La reforma constitucional del 2010 dividió a la historia del constitucionalismo dominicano en un antes y un después. La Ley Sustantiva que el constituyente legó al pueblo dominicano el 26 de enero del 2010, fue el producto de un proceso reformador llevado a cabo de manera reflexiva, fríamente evaluado y pensado, en el que la ciudadanía tuvo una participación tan genuina y espectacular, que hicieron de ese proceso reformador, un momento constituyente sin precedentes en la historia dominicana.
Contamos Constitución que implica un profundo rediseño del Estado, en procura de fortalecer su institucionalidad, mejorar su eficiencia y crear las bases institucionales para caminar en la construcción de una República Dominicana donde existan oportunidades y condiciones materiales más justas para el desarrollo, progreso y bienestar del país.
- Acciones de responsabilidad
- Responsabilidad contractual y extracontractual.
- Responsabilidad por producto
- Responsabilidad profesional
- Derecho de Familia y Sucesoral
- Procedimientos de Familia.
- Rectificación de Actas de Nacimiento.
- Procesos de cambios de nombre
- Acuerdos Prenupciales
- Divorcios
- Custodia de Menores
- Testamentos
- Determinación de herederos
- Determinación e integración del caudal hereditario
- Impugnación de disposciones testamentales
- Excision patrimonial :
- Por causa sucesoral
- Testamentaria
- Disolución Matrimonial
- Reclamaciones de cantidad y ejecuciones dinerarias
- Ejecuciones de títulos judiciales y extrajudiciales
- Letras de cambio, cheques y pagarés
- Garantías personales y reales
- Ejecuciones de resoluciones judiciales y arbitrales extranjeras
El derecho civil es la rama del derecho que comprende normas de tipo jurídicas que se encargan de regular las relaciones entre las personas o de tipo patrimonial, las cuales pueden ser voluntarias o forzosas, tanto físicas o jurídicas, privadas o públicas. Cada persona es considerada un individuo de derechos, por lo que los derechos civiles se encargan de vincular los derechos civiles con los individuos, es decir, un sistema de tipo subjetivo que considera a un individuo como un particular y no como una generalidad. En la República Dominicana, el marco normativo que regula estas relaciones es el Código Civil dominicano, el cual está inspirado en su homólogo francés de XVIII.
El Derecho Civil tiene varias submaterias, a saber:
- El derecho de las personas. se encarga de regular desde el inicio al fin a las personas naturales, su capacidad jurídica, la nacionalidad de los individuos, la administración de bienes de seres incapacitados, los elementos que determinan que un individuo sea así y no de otra manera, las relaciones jurídicascon los demás (estado civil, domicilio, etc.). es decir, vela por los intereses y derechos de cada ser humano.
- El derecho de las obligaciones y contratos.Estos sirven para controlar los actos y negocios jurídicos y las consecuencias que vienen vinculadas a los mismos.
- El derecho de cosas. Hace referencia a los bienes de la persona o patrimoniode la misma, es decir, controla los derechos reales y las relaciones jurídicas del individuo con los objetos que posee, las propiedades, las posesiones, etc.
- El derecho de responsabilidad civil.
- El derecho de familia.el cual se encarga de regular las consecuencias jurídicas vinculadas en las relaciones familiares, puede provenir del matrimonio o el parentesco de un individuo con otro.
- El derecho de sucesiones. Se encarga de controlar las consecuencias jurídicas que pueden encontrarse en las transmisiones de bienes y derechos, esto puede darse al morir una persona fí Si éste había realizado un testamento en vida, donde nombra a alguna persona que heredaría sus bienes y patrimonio.
- Normas genéricas.Las cuales incluyen todas las ramas de derecho, es por eso que es posible encontrar al derecho civil bajo el nombre de derecho común.
- Prevención de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Proliferación de Armas de Destrucción Masiva
- Resolución Alternativa de Conflictos
- Derecho Electoral